Yo añadiría que la autonomía es la condición de posibilidad para que la Universidad pueda realizar su triple misión de buscar la verdad, transmitirla y ponerla al servicio de la comunidad. El "poder del saber" —que es el poder propio de la Universidad— no puede ejercitarse si la Universidad no se da a sí misma el gobierno apropiado y las normas que aseguren el cabal cumplimiento de su triple misión.
La Ley Orgánica de Educación Superior (LOES) profesa la libertad de cátedra (artículo 6 y artículo 146, § 1), el principio de autodeterminación para la producción del pensamiento y del conocimiento (artículo 145), la libertad de investigación (artículo 146, § 2), el libre debate argumentado de tesis filosóficas, religiosas, políticas, sociales, económicas, etc. (disposición general 4.ª)..............>
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